SOLICITUD DE EQUIVALENCIAS
Todo estudiante podrá solicitar el reconocimiento de equivalencias de asignaturas que se encuentren comprendidas en el Plan de Estudio de la Carrera que cursa, aprobadas en otros Institutos de Educación Superior o en Universidades, con reconocimiento oficial, las equivalencias podrán solicitarse hasta 45 (cuarenta y cinco) días después de haberse iniciado el dictado de la UC y/o EC. La respuesta se le entregará al estudiante dentro de los 30 (treinta) días siguientes.
Para las asignaturas cuatrimestrales, dichas solicitudes y resoluciones, se harán con relación al calendario académico en cuestión.
A tal fin, el estudiante deberá SOLICITAR EN MESA DE ENTRADA LAS PLANILLAS para:
- Dirigir nota-solicitud al Director de la Institución.
- Acompañar documento original y fotocopia expedida por la Institución correspondiente con las
asignaturas aprobadas. - Adjuntar los programas analíticos autenticados de las referidas asignaturas.
- En el caso de estudios cursados en el exterior, deberán realizar el trámite para su reconocimiento, en el Departamento de Validez Nacional de títulos y Estudios del Ministerio de Educación de la Nación.
Mientras dure el trámite de equivalencias, el estudiante deberá cursar la UC y/o EC en que ha solicitado su aprobación por equivalencia.
Las equivalencias podrán darse de modo total o parcial, conforme a la formación, según el contenido, la extensión, complejidad y orientación general de las UC y/o EC a considerar. Para las equivalencias de modo parcial, se establecerá en cada caso los contenidos que restan mediante una instancia evaluadora definida por el docente de la UC y/o EC.
Se considerará de la UC y/o EC presentada/o como equivalente, el tiempo transcurrido desde su aprobación, contemplando que los conocimientos acreditados como aprobados, sean significativos, válidos y actualizados.
Se podrá solicitar equivalencias hasta un 45% del total de las UC y/o EC de la Carrera que se cursa.